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Contravenciones - Ordenanza 2424/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C16
Contravenciones 


ORDENANZA 2424/02


TIGRE, 2 de mayo de 2002.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2424/02, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 23 de abril de 2002, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Incorpórase a la Ordenanza 1101/90, “Código Contravencional del Partido de Tigre”, el artículo 135bis, conforme al siguiente texto:

ARTICULO 135 BIS: Será penado con multa de 0,40% al 2%, la publicidad destinada a la venta de terrenos baldíos sin previo cumplimento de la ordenanza 672/88, sobre regularización de cercos y veredas reglamentarias y saneamiento de terrenos.

ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 23 de abril de 2002.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2424/02.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por el Juzgado Municipal de Faltas. Por la Dirección de Despacho General y Digesto digitalícese texto ordenado de la Ordenanza 1101/90.-

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 485/02