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Contravenciones - Decreto 987/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C16
Contravenciones


DECRETO 987/95

TIGRE, 13 de septiembre de 1995.-


VISTO:
   Que en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades y la normativa dictada en consecuencia, se realizan procedimiento de secuestro de vehículos por diversas contravenciones, y,

CONSIDERANDO:
   Que resulta necesario reglamentar y poner en vigencia el cursograma que debe cumplirse en el proceso de secuestro, intervención del Juzgado Municipal de Faltas y liberación del vehículo.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

 

ARTICULO_1.- El secuestro de vehículos por aplicación de la normativa vigente en materia contravencional, se realizará respetando el siguiente cursograma:

1. Traslado a depósito: conforme Ordenanza 90/78.

2. Desígnase a la Dirección General de Tránsito responsable de llevar el registro donde se asientan los ingresos y egresos de los vehículos y del conductor, en un libro habilitado y rubricado por el señor Secretario de Gobierno, en el cual se asentarán  todos los datos de identificación del automotor: motor, patente, chasis, descripción de la carrocería, modelo  estado de conservación del mismo, y todo otro elementos necesario para su correcta identificación.

3. El acta de detención debe ser elevada al Juzgado Municipal de Faltas dentro del plazo previstos en el Código Contravencional. A partir de dicho acto, la Dirección General de Tránsito debe abstenerse de realizar todo otro acto que no fuere el de conservación de la unidad secuestrado y posterior cumplimiento de la resolución que adopte el Juez de Faltas.

4. El Juzgado Municipal de Faltas emitirá la resolución que correspondiere y, en caso de restitución de la unidad secuestrada, notificará al Secretario de Gobierno quien dispondrá su cumplimiento por intermedio de la Dirección General de Tránsito.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito. Tome conocimiento el Juzgado Municipal de Faltas.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 987/95